Asturias ofertará ayudas a los emigrantes retornados y que tengan problemas económicos.
El objeto de esta ayuda es sufragar los gastos extraordinarios del retorno y se estudiarán los casos. Se aplicarán en caso de precariedad de los emigrantes asturianos retornados o de sus familias.
Los requisitos mínimos exigidos para optar a estas ayudas son básicos. El emigrante deberá ostentar la nacionalidad española, haber nacido en Asturias o ser descendiente de asturianos hasta segundo grado de consanguinidad. Tendría que haber sido emigrante de manera continuada durante 10 años o más y no llevar más de dos años como emigrante retornado. Acreditar la condición de emigrante y no superar los ingresos mínimos contemplados en la convocatoria.
Aquellos que opten a las ayudas deberán presentar varios documentos acreditativos, que demuestren su condición de retornados, de emigrantes y que no tienen nivel económico suficiente para hacer frente a la vida diaria. Algunos de los documentos necesarios son: el DNI o pasaporte en vigor, certificación de la condición de emigrante retornado, emitida por las Áreas o Dependencias Provinciales de Trabajo y Asuntos Sociales de las Delegaciones o subdelegaciones del Gobierno, respectivamente, o Certificación de la Baja Consular emitida por el Consulado correspondiente, certificación justificativo de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Principado.
En resumen, la obtención de los documentos acreditativos para la solicitud de las ayudas no parece pensada para emigrantes retornados que, estadísticamente, son de edad avanzada. Una muestra más de la "simplificación" de trámites que ha emprendido el Gobierno del Principado.
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